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El Congreso de la República dio aprobación a la ley que busca asegurar la utilización de tecnologías digitales en los consulados de Perú en el exterior. Es una medida que entra en vigencia por medio del Decreto Legislativo N° 1412, cuya resolución pone en marcha la Ley de Gobierno Digital.
En la cámara se dio una votación de 97 votos a favor, 3 votos en contra y 0 abstenciones. Así mismo, no se tuvo que acudirse a una segunda votación.
Ley de Gobierno Digital: Objetivo de la normativa
El planteamiento tiene como objetivo dar cumplimiento a la Ley de Gobierno Digital y su normativa en las Oficinas Consulares del Perú en el extranjero. Gracias a ello, estas entidades del Estado peruano pueden promover el establecimiento de tecnológicas digitales en cada uno de los servicios que prestan a la comunidad de peruanos que están en otros países del mundo.
A partir de esta legislación, se aseguran los principios de flexibilización, transparencia, agilización de los procesos y tareas administrativas. Todo esto en reglamente de la Ley N° 29733 Ley de Protección de Datos Personales.
También, se señala que los objetivos envueltos en esta ley van a ser aplicados en las oficinas consulares de Perú en el extranjero.
Ley de Gobierno Digital dirigida por el Ministerio de Relaciones Exteriores
El Ministerio de Relaciones Exteriores, por medio de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares. Así mismo, en colaboración con la Presidencia del Consejo de Ministros, específicamente, la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, dictaminan las ordenes, procesos, estructuras y personal en un lapso límite de 90 días.
Desde ese momento deben instaurarse los acuerdos situados en la normativa existente en gobierno digital, garantizando una relación preferencial con las personas con discapacidad y población peruana vulnerable en el exterior.
Los consulados que posee el Perú en el extranjero deben crear sus diferentes Mesas de Partes Digitales. Esto asegura el fiel cumplimiento de las normativas en el ámbito de confianza, gobierno y transformación digital.
Mesas de Partes Digitales
Los procesos administrativos y otras demandas ocurridas en el extranjero, deben ser tramitados por servidores adscritos a las Mesas de Partes Digitales y que son parte de las oficinas consulares de Perú. Todo ello aparece en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, cuya aprobación fue hecha en Decreto Supremo N° 004-2018-JUS y que está ambientada en Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Aquellos consulados que no posean con Mesa de Partes Digital, tranquilamente pueden emplear la Plataforma Facilita Perú que está en la Ley N° 31170. En la última disposición complementaria, se evidencia que la actual ley es financiada a través del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
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Fuente: Congreso Noticias