La norma, que obliga a las empresas a añadir nueva información a las facturas electrónicas y reduce a un día el plazo de declaración de los comprobantes emitidos. No entrará en vigor hasta septiembre, después de que la SUNAT emitiera una nueva resolución de inspección que pospone su entrada en vigor.
El director general de Efakt, Kenneth Bengtsson, recordó que la decisión de inspección 000193-2020/SUNAT debía entrar en vigor el 1 de abril. La norma obliga a las empresas a acortar el plazo en el que deben comunicar las facturas electrónicas a la inspección o a un operador de servicios electrónicos de siete días a un día.
“Con el nuevo reglamento, este periodo se ha acortado a un solo día. Se trata de una iniciativa positiva porque permite a las empresas tener sus facturas aprobadas en un plazo más breve. Y, por tanto, acceder a los documentos para obtener financiación a través del factoring“, dijo González. La norma también obliga a las empresas a añadir nueva información a sus facturas. “Las facturas deben indicar si el pago se realiza a crédito o por adelantado, así como el número de plazos, el importe y la fecha de los pagos”, dice un portavoz de Efact.
Bengtsson dijo que los cambios de la SUNAT tienen como objetivo aumentar el acceso al crédito. Ya que permiten que una factura comercial tenga los mismos datos que una factura negociable. Que es reconocida por las empresas financieras como garantía en las operaciones de factoring.
“Esta solución simplifica el proceso de aprobación de facturas, facilitando a las empresas la conciliación de las mismas y la obtención de liquidez. La iniciativa no impondrá necesariamente costes a las empresas que trabajen con un proveedor de servicios electrónicos. En el caso de Efact, nuestros clientes de ESP no necesitan hacer ningún cambio. Ya que nuestra plataforma cumple los requisitos de la SUNAT“, concluye Bengtsson.
Esta publicación fue modificada por última vez el junio 1, 2022 11:36 am