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A falta de dos meses para que el Congreso de la República apruebe la propuesta de proyecto de ley que prohíbe las llamadas spam, el Ejecutivo está evaluando ejercer una modificación que puede afectar a la libertad de empresas y sus respectivos usuarios.
El pasado 3 de marzo, el Congreso de la República ha aprobado por unanimidad un proyecto que restringe a las empresas la realización de llamadas por spam; o en su defecto, envíen mensajes de texto ofreciendo productos o servicios que no cuenten con el permiso de los consumidores, modificando así Artículo 58 de la Ley 29571.
Para el Ejecutivo, quien ya analizo el proyecto de ley, la propuesta no generaría el objetivo planteado que busca asegurar seguridad a los consumidores. La institución ha comunicado que «pese afectar derechos fundamentales», se está en la obligación de ejercer un test de proporcionalidad, ya que puede verse influida la libertad de prensa.
Para Elías Varas Meléndez (PB), quien es presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, destacó el pasado 3 de marzo que las modificaciones expuestas en la Ley Código de Protección y Defensa del Consumidor, que tiene la potestad de regular el horario para ejercer llamadas entre los días lunes y viernes, específicamente en el horario que va de 7:00 a 20:00 horas.
El presidente fue tajante en su rechazo a la práctica ejercida de llamadas conocidas como “spams”, las cuales son caracterizadas por ser agresivas y abusivas. Agregado a ello, la propuesta desea salvaguardar al consumidor y restringir la presencia de perturbaciones en cuanto a la seguridad y la vida cotidiana.
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«Al no contar el dictamen que sustenta la Autógrafa de Ley, con el test de proporcionalidad (…) y del derecho a la información sobre los bienes y servicios que se encuentran a su disposición en el mercado (artículo 65 de la Constitución Política del Perú), se puede afirmar que la propuesta legislativa no se encuentra adecuadamente sustentada», se esboza en el documento publicado por el Gobierno.
En lo que respecta al Poder Legislativo, la modificación tiene la potestad de restringir no solamente las llamadas spam, sino que al mismo tiempo las llamadas de naturaleza comercial a nivel global. Es una decisión que puede repercutir en el mundo del telemarketing, originando la afectación de los consumidores.
En la propuesta emanada por el Legislativo, se vislumbra que no pueden emplearse call centers o denominados centros de llamada. Del mismo modo, quedará prohibido el envío de mensajes de texto a celulares o mensajes electrónicos globales, los cuales promuevan la comercialización de productos o servicios. Por último, tampoco pueden ejercerse propuestas comerciales a un consumidor determinado; inclusive para personas que proporcionen información privada a las firmas.
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Fuente: Perú Retail
Esta publicación fue modificada por última vez el mayo 8, 2023 1:12 pm