Desde el 13 de febrero hasta el miércoles 13 de marzo, las empresas que ofrecer servicios de juegos y apuestas deportivas de manera online deberán presentar, de manera virtual, su solicitud para que su funcionamiento sea autorizado, así lo informó el ministro de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), Juan Carlos Mathews.
En caso de que las empresas no cumplan con el petitorio, serán pasibles a una sanción no menor a S/772.500 (150 UIT) y, además, a una denuncia penal e inhabilitación para ejercer actividades.
“Esta es una importante noticia: poner en funcionamiento la Ley N° 31557 y su reglamento permitirá regular la explotación de los juegos a distancia y de las apuestas deportivas a distancia, generando un movimiento económico regulado y con pago de impuestos. Y, sobre todo, brindar la seguridad para el apostador, el juego responsable y la formalización de la actividad”, indicó el ministro.
Asimismo, aseguró que la idea es permitir una adecuada operatividad del sistema informático del Mincetur, al atender el total de las solicitudes que se empiecen a recibir a partir del próximo 13 de febrero.
Una vez las empresas cumplan con los requisitos y sean autorizadas por Mincetur, a partir del 1 de abril, se encontrarán afectas a los gravámenes. Así, se estima que, en virtud de esta norma, el Estado peruano podrá recaudar cerca de S/162 millones anuales, monto que será invertido en la reactivación del turismo, obras de infraestructura turística, promover el deporte y atender programas de salud mental. Ello no afectará a las apuestas ni el pago de premios.
Según Matthews, actualmente se encuentra activa una especie de “marcha blanca”, en la que los laboratorios de certificación, las empresas que ofrecen juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia, y los proveedores de servicios pueden ir ingresando sus datos.