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La Corte Superior de Justicia de Lima emitió un fallo a favor de Telefónica del Perú en un prolongado litigio tributario que se remonta al año 2000. La sentencia establece que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) deberá devolver S/ 347,550,070 a la empresa, además de los intereses legales acumulados hasta la fecha del reembolso. Este fallo anula la ejecución de una carta fianza que había sido utilizada para cubrir una supuesta deuda.
La disputa surgió a partir de un reclamo de Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio fiscal del año 2000. Inicialmente, el Vigésimo Segundo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo determinó que Telefónica adeudaba S/ 657.7 millones, lo que motivó la ejecución de cuatro cartas fianzas emitidas por el Banco BBVA, por un total de S/ 394.6 millones.
Revisión y apelación
De las cuatro cartas fianzas ejecutadas, tres fueron devueltas a la compañía, pero una, por un monto de S/ 359.06 millones, fue retenida. Telefónica del Perú apeló esta decisión, alegando que Sunat había reconocido previamente un saldo a su favor que superaba el monto reclamado. En palabras de la empresa: “No correspondía la ejecución de la carta fianza cuando existía un saldo a nuestro favor que superaba la cantidad retenida”.
El caso fue revisado por la Séptima Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo, que detectó inconsistencias en el fallo de primera instancia. Según esta Sala, la resolución anterior carecía de una motivación adecuada que justificara la supuesta deuda tributaria.
Falencias en el proceso
El fallo a favor de Telefónica subraya tres puntos clave: primero, la administración tributaria ya había reconocido un saldo a favor de la empresa, invalidando la existencia de la deuda. Segundo, el juzgado de primera instancia basó su decisión únicamente en informes de Sunat, ignorando resoluciones previas que demostraban la inexistencia de obligaciones pendientes. Tercero, se vulneró el artículo 159 del Código Tributario, que prohíbe ejecutar cartas fianzas para respaldar deudas no exigibles.
Impacto del fallo y acciones futuras
La sentencia ordena a Sunat devolver los montos retenidos más intereses, pero el proceso aún podría extenderse, ya que Sunat tiene la opción de interponer un recurso de casación ante la Corte Suprema. Hasta el momento, no se ha confirmado si esta acción será emprendida.
Este fallo marca un precedente significativo en la resolución de disputas tributarias en el país, especialmente en lo referente al respeto por los saldos a favor de los contribuyentes y las limitaciones en la ejecución de garantías financieras.